Tomado de sinembargo
Por General Gallardo
SinEmbargo
noviembre 27, 2018
En la elección presidencial, el pueblo se volcó en las urnas repudiando a un régimen autoritario que mantiene postrado a nuestro país en la pobreza y en la opresión, el mandato en las urnas: regreso de los militares a sus cuarteles, no a la militarización de los espacios públicos, fin a los abusos y privilegios, libertad a los presos políticos, presentación con vida de los desaparecidos, combate abierto a la corrupción y fin a la impunidad, castigo a los responsables, no a los megaproyecto, fin del autoritarismo, es decir, justica transicional, un cambio de régimen, ¡NI PERDÓN, NI OLVIDO: JUSTICA!
El pueblo votó masivamente en contra de un sistema oligárquico y autoritario, sostenido a punta de bayoneta, el sistema y el ejército fue derrotado a través del voto, el pueblo, recobrando su libertad, renunció a la violencia y se decidió por el uso de las instituciones para buscar la paz y tranquilidad.
A la llegada parcial del nuevo gobierno, inicia con la instalación del Congreso, enredado en festejos e indefiniciones, ha dejado pasar tiempos fatales para tender controles e institucionalizar la movilización social, fortalecer el orden legal con el fin dar cobijo a las aspiraciones sociales y al mandato en urnas.
Pues nada de esto ha pasado, los aires triunfalistas y la frivolidad, la inexperiencia y el protagonismo, la prepotencia y la soberbia de la dirigencia morenista, quebraron las esperanzas de un cambio de régimen, que se refleja en reformas constitucionales que van a contrario de lo que se había anunciado: fin a la impunidad y la desmilitarización del país, castigo a quienes han traicionado a la Patria, es el quid del asunto.
Pero a qué se debe la urgencia de los cambios a la Constitución, los que no pudieron concretar, pues los cambios tratan sobre la encomienda primordial mandatada al Estado: la seguridad, ¡Ni podrán, no podrán, siguiendo los mismos procedimientos y utilizando los mismos métodos y medios y a los mismos que no pudieron con el cargo en seguridad, cuando lo tuvieron! Es un tema complejo que no se ha tomado en serio, no se trata de policías y ladrones, se trata del destino y sobrevivencia de la nación.
De la urgencia se deduce, a que el gobierno entrante, a su llegada no quiere protestar sobre la actual Carta Magna “Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen”, desgraciadamente para muchos, nuestra Constitución es subversiva.
Rescatada por el pueblo en las urnas, a fin de solidificar la vigencia constitucional, “Título Noveno. De la Inviolabilidad de la Constitución. Artículo 136. Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta”.
Y hacer patente el deseo del pueblo de un cambio. “Título Segundo. Capítulo I. De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Y que el pueblo sea en quien resida la soberanía. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal”.
A lo anunciado a las reformas a la Constitución, entre otras, sobre la creación de las Coordinaciones y de la Guardia Nacional, son adefesios legales que contravienen el pacto federal y los principios de civilidad del Estado que socavan el orden federal y municipal, es decir los cimientos del orden político y administrativo del Estado mexicano. (Art. 115-122, 31, 129)
Según las pretensiones subrepticiamente leyendo entre líneas las reformar a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (CPEUM) quedaría: Constitución Política de Morena, (CPM), la que se protestaría AMLO el 1° de diciembre de 2018 durante la toma de posesión/Primer Informe de Gobierno.
Dice CPEUM: “Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos: III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior”.
Debe decir CPM: Son obligaciones de los mexicanos: III. Alistarse y servir en las fuerzas armadas, ejército, marina, fuerza aérea o policía federal, conforme a las leyes del fuero militar, para asegurar mancillar la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como la tranquilidad y el orden interior”.
Dice CPEUM: Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Debe dice CPM: Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en AMLO. Todo poder público dimana de morena y se instituye para beneficio de éste. Los integrantes de morena tienen en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de gobierno”.
Dice CPEUM: Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión…”.
Debe decir CPM: Artículo 41. Los integrantes de morena ejerce su soberanía por medio de los Coordinadores de la Unión, y de los mandos militares, dentro de sus jurisdicciones a su cargo dentro de los cuadrantes…”.
Dice CPEUM Artículo 129. En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar…”.
Debe decir CPM: Artículo 129. En tiempo de paz, toda autoridad militar puede ejercer funciones que tengan exacta conexión con la disciplina militar y más de las de orden público, fuera de sus cuarteles, excluyendo para tales efectos a las autoridades civiles”.
Estimados: No se puede edificar un Estado de derecho violando la Constitución y las Leyes, no se puede cimentar un Estado democrático en charcos de sangre y en la impunidad.