C. PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Las ciudadanas y ciudadanos mexicanos que suscribimos, en
pleno uso de los derechos y garantías que nos confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella se derivan; señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones en el despacho 36 de la casa número 101 de la avenida Independencia, colonia Centro, Código Postal 06050, en esta Ciudad, a Usted, atentamente decimos:
PROEMIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17, 20 apartado
B y 21 de la Constitución General de la República; 123 del Código Penal Federal y 2 del Código Federal de Procedimientos Penales, venimos a presentar formal acusación en contra de los ciudadanos Miguel de la Madrid Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León, quienes, incumpliendo obligaciones inherentes al cargo de Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos y contraviniendo lo expresamente dispuesto en la Constitución, realizaron actos contrarios a los intereses de la nación y en perjuicio de la dignidad humana y la calidad de vida de la mayoría de los mexicanos, por lo que consideramos cometieron los delitos de traición a la Patria y genocidio económico, conforme a las normas legales arriba mencionadas y a diversas disposiciones del Derecho Internacional. Esta acusación la sustentamos en los aspectos fácticos y legales que a continuación señalamos.
HECHOS
1.-‐ El 1o de diciembre de 1982, el C. Miguel de la Madrid Hurtado tomó posesión del cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y al rendir protesta ante el Congreso de la Unión, citando el texto del segundo párrafo del artículo 87 de la Ley Fundamental del país, expresó “ Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciera que la Nación me lo demande”.
2.-‐ El 1o de diciembre de 1988, el C. Carlos Salinas de Gortari
tomó posesión del cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y al rendir protesta ante el Congreso de la Unión, citando el texto del segundo párrafo del artículo 87 de la Ley Fundamental del país, expresó “ Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciera que la Nación me lo demande”.
3.-‐ El 1o de diciembre de 1994, el C. Ernesto Zedillo Ponce de
León tomó posesión del cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y al rendir protesta ante el Congreso de la Unión, citando el texto del segundo párrafo del artículo 87 de la Ley Fundamental del país, expresó “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciera que la Nación me lo demande”.
4.-‐ En diciembre de 1982, el C. Miguel de la Madrid Hurtado
presentó una iniciativa de reforma a los artículos 25, 26, 27 y 28 de la Ley Fundamental de la República; iniciativa que en términos generales fue aprobada por la mayoría de los integrantes del Congreso de la Unión y de los Congresos Locales de los Estados que integran la Unión Federal y, ya aprobada, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, en febrero de 1983.
Con la modificación al artículo 25 constitucional, el C. Miguel de
la Madrid Hurtado dividió las principales actividades económicas del país en dos áreas, denominadas estratégicas y prioritarias. En las primeras, reservadas exclusivamente a la función del Estado, dejó solamente a correos, telégrafos y radiotelegrafia; petróleo y los demás hidrocarburos; petroquímica básica; minerales radioactivos y la generación de energía nuclear y electricidad. En las segundas dejó la comunicación vía satélite y los ferrocarriles.
Resulta obvio, sobretodo después de veintitrés años, que la
finalidad de esa modificación al texto constitucional era restringir la intervención del Estado en las actividades económicas esenciales para la nación, circunscribiéndola a unas cuantas áreas específicas, para dejar todas las demás a disposición de las empresas privadas; con el claro objetivo de garantizar a los grandes capitales, principalmente extranjeros, que en adelante el Estado Mexicano inhibiría o renunciaría a la potestad que, en favor de la nación, le impone el artículo 27 para expropiar, mediante indemnización, e imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; para que, a partir de esa reforma, el gobierno federal pudiera justificar el incumplimiento de la obligación que tiene de beneficiar al pueblo con el ejercicio del poder público.
Las modificaciones a los artículos 26, 27 y 28, se hicieron para
incluir de manera retórica y demagógica el llamado sistema de planeación democrática de desarrollo nacional; un sistema de impartición expedita y honesta de justicia agraria, un desarrollo rural integral, y para establecer que el servicio público de banca y crédito no sería objeto de concesión a particulares, respectivamente.
Con el pretexto de adelgazar al Estado e iniciar la reconversión
industrial del país, fundado en los cambios constitucionales realizados ex profeso, el gobierno federal inició la venta o “desincorporación” de una gran cantidad de empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos y organismos públicos descentralizados. También recurrió a la declaración de
quiebra de otras, las que posteriormente fueron liquidadas; iniciándose así el largo proceso de desmantelamiento de la cadena productiva y de la estructura económica nacional.
En 1987, el gobierno encabezado por el ciudadano Miguel de la
Madrid Hurtado permitió que las empresas dedicadas a las actividades bursátiles elevaran dolosamente el valor de las acciones de las empresas que cotizaban en la Bolsa Mexicana de Valores, lo que produjo una enorme atracción de personas que, deslumbradas por los altísimos rendimientos que les ofrecían las casas de bolsa, invirtieron no sólo su capital sino todo su
patrimonio, que posteriormente perdieron de manos de los dueños de las mencionadas casas de bolsa.
5.-‐ El gobierno encabezado por el C. Carlos Salinas de Gortari,
continuó con la desincorporación y venta de empresas de participación estatal mayoritaria. Entre esas empresas y organismos públicos descentralizados se encuentran Altos Hornos de México, Minera de Cananea, Teléfonos de México, los bancos Nacional de México, Bancomer, Serfín, Confía, Cremi, Del País, Atlántico, Internacional y otros; el Complejo Industrial de Ciudad Sahagún, la Siderúrgica Lázaro Cárdenas las Truchas; las líneas aéreas Mexicana de Aviación y Aeronaves de México; los ingenios azucareros, las carreteras, los puertos marítimos y los aéreos; así como empresas de las industrias papelera, refresquera, hotelera y otras más. Lo hizo, ofreciendo que los recursos obtenidos de esas ventas se invertirían en programas que mejorarían sustancialmente las condiciones de vida de quienes menos tenían.
El ciudadano Carlos Salinas de Gortari, continuando con la
conducta asumida por su antecesor, envió al Congreso de la Unión iniciativas de reforma a los artículos 28, 27 y 3o constitucionales, las que fueron aprobadas por la mayoría de los legisladores federales y los de las legislaturas de los Estados de la República.
El 27 de junio de 1990 se publicó la reforma del artículo 28, que
consistió esencialmente en derogar la exclusividad que tenía el Estado para prestar el servicio público de banca y crédito; abriendo nuevamente esa importante actividad financiera a la intervención del capital privado. El 6 de enero de 1992, se publicó la reforma al artículo 27, con la que se le otorgó el derecho de propiedad sobre terrenos rústicos a las sociedades mercantiles por acciones, incluyendo, desde luego, la participación de extranjeros en éstas; se estableció la posibilidad de asociación de los comuneros y ejidatarios con terceros, es decir con los dueños del dinero; asimismo se estableció la posibilidad de que los ejidatarios, mediante la enajenación de las parcelas que antes pertenecían al núcleo de población ejidal, perdieran la posesión y usufructo de las mismas. El 5 de marzo de 1994 se publicó la reforma al artículo 3o constitucional, con la que se estableció, como obligación del Estado, únicamente impartir educación en los niveles preescolar, primaria y secundaria, excluyendo de tal obligación los niveles de educación media superior y superior, así como la de apoyar la investigación científica y tecnológica con los recursos económicos suficientes, conforme los parámetros establecidos por los organismos internaciones de la materia.
El mencionado ciudadano Carlos Salinas de Gortari, en funciones
de Presidente de la República, al igual que su antecesor, firmó sendas Cartas de Intención y posteriormente los respectivos contratos de crédito con el Fondo Monetario Internacional. Así sucedió el 4 de febrero de 1990, en el Palacio Nacional y en cadena nacional de los medios electrónicos de comunicación masiva, cuando aseguró a todos los mexicanos que el problema que significaba para el desarrollo nacional la deuda externa y su pago, quedaba resuelto con el contrato que en ese momento celebraba con el director del FMI; sin embargo en su carácter de jefe del ejecutivo contrató más empréstitos con la banca internacional sobre el crédito de la nación y canalizó gran parte de los recursos del erario público al pago del servicio e intereses de la deuda externa.
El gobierno encabezado por el C. Carlos Salinas de Gortari celebró un tratado comercial con los gobiernos de los Estados Unidos de América y de Canadá, denominado Tratado de Libre Comercio para América del Norte, en el que se incluyeron condiciones lesivas al interés de nuestro país y contrarias a diversas disposiciones constitucionales, las que colocaron a México en clara desventaja frente a las otras partes, especialmente a la estadounidense. Los efectos del TLCAN han sido perjudiciales, sobre todo para millones de campesinos y trabajadores asalariados, especialmente los de la industria manufacturera nacional.
El gobierno encabezado por el C. Carlos Salinas de Gortari,
también promovió ante el Congreso de la Unión la modificación del sistema de seguridad social, sobre todo respecto al manejo, administración y usufructo de los fondos constituidos con las aportaciones de los trabajadores con vistas a su retiro de la vida laboral activa; creando el sistema privado del ahorro para el retiro.
6.-‐ El ciudadano Ernesto Zedillo Ponce de León continuó la
conducta que asumieron sus antecesores al ejercer el cargo de Presidente de la República. Sus prioridades fueron mantener en un dígito el índice inflacionario, aunque para lograrlo tuviera que seguir aplicando el rígido control al incremento de los salarios de millones de trabajadores; la disminución en los apoyos al sector social agropecuario, a la educación superior y a la investigación científica y tecnológica. También cumplió puntualmente con la entrega de cuantiosos recursos económicos a los bancos acreedores extranjeros, y con la entregar de los bancos y empresas importantes, como las ferrocarrileras, al capital extranjero. También culminó el proceso de privatización del manejo, administración y usufructo de los recursos de las pensiones de los trabajadores, a través de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), mediante las reformas hechas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.
En 1995, el C. Ernesto Zedillo Ponce de León, envió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la iniciativa de reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para incrementar su tasa del 10 al 15 %. No solamente para mantener un impuesto que por su naturaleza es regresivo y por ello inconstitucional, sino para incrementar su impacto sobre el consumo de la mayoría de los mexicanos.
En efecto, este tipo de impuestos son regresivos y contrarios a lo
expresamente dispuesto en la Constitución Federal; la que establece, como principio de la tributación, que ésta debe ser proporcional y equitativa. Es decir, impone a todos los mexicanos la obligación de contribuir para los gastos públicos de acuerdo a la capacidad económica de los contribuyentes; para que pague más el que tenga más y que pague menos el que tenga menos.
7.-‐ Al concluir el mandato constitucional que los mencionados
ciudadanos estaban obligados a cumplir en beneficio del pueblo de México, encontramos, entre otros los siguientes resultados:
PROCESO DE PRIVATIZACION. Por concepto de la venta de más de mil empresas de participación estatal, organismos públicos
descentralizados, fideicomisos y otras, el gobierno federal obtuvo ingresos por 32 mil millones de dólares; solamente por la venta de los bancos obtuvo 12 mil 355 millones de dólares, recursos que, los entonces presidentes afirmaron, se utilizarían para mejorar las condiciones de vida de los mexicanos que más lo necesitaban. Sin embargo, solamente en el rescate de los bancos ya privatizados, se utilizaron recursos públicos equivalentes a más de 24 mil millones de dólares.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMERICA DEL NORTE. Este tratado que entró en vigor el 1 de enero de 1994, es algo más que un simple acuerdo sobre intercambio de mercancías; incluye y regula aspectos como inversión, propiedad intelectual, compras de gobierno, servicios, las funciones del Estado y prevé la apertura total del sector agropecuario.
Este tratado en realidad constituye un instrumento jurídico
supranacional, que tiene como objetivo someter los procesos económicos nacionales a los intereses y beneficio de las grandes empresas trasnacionales, principalmente de las asentadas en los Estados Unidos. Por lo que sus consecuencias no preocupan a quienes lo signaron y menos a sus verdaderos beneficiarios. En cambio para nuestro país ha resultado altamente lesivo pues ha provocado un desastre social en el campo; ha sido un fracaso en la generación de empleos y ni siquiera ha logrado el más elemental de los objetivos macroeconómicos: el crecimiento.
CONCENTRACION DE LA RIQUEZA. La economía del país creció, de 1960 a 1969, a una tasa promedio anual de 7. 12 por ciento; de 1970 a 1979 a una de 5. 8 por ciento, tasa que se desplomó a partir de 1982, con lo que también se fue acentuando la concentración de la riqueza nacional en una parte cada vez más reducida de la población. En 1984, el 10 por ciento de la población con mayores ingresos detentaba el 32.77 del ingreso nacional; el 30 por ciento de los más ricos recibían el 61.66 por ciento del PIB. En 1992, el 10 por ciento más rico concentró el 38.2 % y el 30 por ciento el 65 % del Producto Interno Bruto. En el año 2000, el Banco Mundial dio a conocer un informe en el que destaca que México es el país que ocupa el sexto lugar mundial en desigualdad del ingreso.
De acuerdo a la información oficial, en el año 2000, las 100
personas de negocios más importantes del país, es decir el 0.0001 por ciento de la población total de entonces, concentraba casi 150 mil millones de dólares, equivalentes al 29 por ciento del Producto Interno Bruto.
DEUDA EXTERNA, INTERNA Y TOTAL. Según un informe del
propio Banco Mundial, en el lapso relativo al mandato de los tres ciudadanos hoy acusados, entre 1982 y el 2000, el gobierno federal entregó a los bancos acreedores extranjeros 478 mil millones de dólares estadounidenses. Esa cantidad equivale a más de nueve veces el monto de la deuda externa total de 1982. Sólo por concepto de intereses, en ese período se pagaron 162 mil millones de dólares. A pesar de tan elevada entrega de recursos de la nación, la deuda externa total se incrementó, al pasar de 51 mil millones a 157 mil millones de dólares y el endeudamiento total del país, sumadas las deudas externa e interna, llegó casi 400 mil millones de dólares.
Es de tomarse en cuenta que nada más “el error de diciembre de
1994”, incubado por los gobiernos de los CC. Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León, le costó al pueblo mexicano 70 mil millones de dólares. Ese hecho causó la quiebra masiva de miles de pequeñas y medianas empresas -‐ las que emplean regularmente a un 85 % del total de los trabajadores activos de todo el país -‐, así como la pérdida del patrimonio económico de millones de mexicanos que de pronto fueron privados de bienes muebles e inmuebles que habían adquirido con muchos esfuerzos y a veces con grandes sacrificios durante largos años de su vida. Esos bienes se los quedaron los bancos, que después se declararían insolventes, pero a los banqueros sí los pudo rescatar el gobierno a través del FOBAPROA, que posteriormente fue convertido en el IPAB.
EL CAMPO. Hasta el año 2000, los efectos del TLC fueron
devastadores. Por el abandono gubernamental al campo, se incrementaron en un 40 por ciento la dependencia alimentaria, la pobreza, el desempleo y el rentismo. Solamente en sus primeros seis años de vigencia, el TLC propició el desempleo de 5 millones de campesinos. Hasta el 2002, México erogó 78 mil millones de dólares para la importación de alimentos, cantidad superior a la deuda pública externa en esa fecha. En 1999 el precio del maíz, producido por unos 3.5 millones de campesinos, disminuyó un 45 % en términos reales, respecto de los tres años anteriores; en el trigo se dio el mismo deterioro, y en el sorgo fue de 55 %. En contrapartida, el precio de las semillas se incrementó 63 % y el de los fertilizantes 52 %. En 1995 el presupuesto para el campo fue de 6.4 % del total, para el 2000 disminuyó a 2.9 %; los apoyos a la comercialización también disminuyeron de 2 mil 777 millones de pesos en 1994 a tan sólo 528 millones en 1999.
A partir de la desaparición de la CONASUPO en 1998, la
comercialización de los productos del campo quedó en manos de
intermediarios privados, quienes determinan arbitrariamente el precio de las cosechas, lo que ha obligado a 25 millones de campesinos a buscar otras fuentes de subsistencia. Según la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), entre el 70 y 80 % del ingreso familiar de los ninifundistas proviene de actividades no agrícolas. Esta institución internacional informó que 75.2 % de las localidades rurales se consideran de alta marginación, y que 4 de cada 10 niños viven en condiciones de pobreza en el campo, es decir unos 15 millones de infantes. Señala también que, tanto en regiones de Baja California como de Chiapas “persisten las tiendas de raya en las que los jornaleros -‐5 millones a nivel nacional-‐ se mantienen endeudados”, ya que los créditos que contratan representan hasta 70 % de su salario, que no rebasa los 40 pesos al día.
EMPLEO Y SALARIOS. En el período gobernado por el C. Miguel de la Madrid Hurtado, 1982 – 1988, el crecimiento económico promedio anual fue de 0.2 % y se inició la estrategia de contención salarial. En ese sexenio la población económicamente activa (PEA) se incremento con 5.6 millones de personas y sólo se crearon 2.4 millones de plazas laborales, por lo que el desempleo, en ese período, ascendió a 3.2 millones de mexicanos.
De 1988 a 1994, en el período gobernado por el C. Carlos Salinas de Gortari, se aceleró la privatización de las empresas y organismos públicos, la apertura comercial indiscriminada y la negociación y firma del TLC; se redujo la inversión pública, al tiempo que se endureció la contención salarial.
El crecimiento del PIB alcanzó una tasa anual promedio de 3.9 %; la PEA se incrementó con 6.9 millones de personas y solamente se crearon 2.3 millones de empleos, por lo que el déficit de empleos en ese sexenio se ubicó en 4.6 millones de plazas.
En el período gobernado por el C. Ernesto Zedillo Ponce de León, de 1994 al 2000, debido a la “crisis financiera” de inicio de sexenio, que derivó en fuga de capitales, en la devaluación de diciembre de 1994 y en una mayor disminución del gasto público, la rigidez en la contención salarial, y en medidas monetarias y de crédito más restrictivas; el PIB se desplomó en un 6.2 % en 1995; la PEA se incrementó con 7.5 millones de personas y sólo se generaron 3.1 millones de plazas laborales, por lo que hubo un déficit de 4.4 millones de plazas.
Respecto a los ingresos de los trabajadores, en el período que
abarcan los sexenios de los hoy acusados, diversos estudios de académicos, de instituciones nacionales e internacionales, arrojan como resultado que de 1982 al 2000, los salarios tanto mínimos como contractuales, sufrieron una brutal disminución en su poder adquisitivo en casi un 80%. En un informe sobre México, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), indica que tan sólo de 1994 a 1998 la producción per cápita en nuestro país aumentó un 3 %, sin embargo al aumento en la productividad de los trabajadores no correspondió una mejoría en sus ingresos, ya que en el mismo lapso disminuyó en un 20 % el valor real de los salarios.
8.-‐ CONSECUENCIAS PERSISTENTES.
Los actos realizados por los hoy acusados, siguen causando un
enorme daño a la nación; a la que colocaron en graves condiciones económicas que le impiden aprovechar y explotar racionalmente sus recursos naturales no renovables como el petróleo y demás hidrocarburos líquidos, sólidos y en estado gaseoso; los bosques, el mar patrimonial que nos corresponde tanto en el Golfo de México como en el Océano Pacífico; la energía eléctrica, eólica, nuclear y otras. Pero sobre todo porque limitan la capacidad educativa escolar, la preparación tecnológica y científica de millones de niños y jóvenes, así como la creación de empleos socialmente necesarios y constitucionalmente remunerados. Entre las consecuencias más graves que siguen afectando al desarrollo y progreso de la sociedad nacional podemos mencionar las siguientes:
CONCENTRACION DE LA RIQUEZA. Hoy, once empresarios
mexicanos, al incrementar en 48 % la riqueza que tenían hace dos años, han acumulado 35 mil 500 millones de dólares; esta fortuna equivale al 5.4% del Producto Interno Bruto. De acuerdo con datos proporcionados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, 160 mil 223 inversionistas poseen activos financieros con valor de 1.99 billones de pesos, es decir solamente el 0.15 por ciento del total de los mexicanos detenta la tercera parte de la riqueza del país.
A partir del 17 de enero de este año, las Administradoras de
Fondos para el Retiro (Afore) podrán disponer del dinero de las jubilaciones de casi 21 millones de trabajadores, que suman 157 mil 200 millones de pesos (aproximadamente 13 mil 557 millones de dólares), para invertirlos en títulos relacionados con acciones de empresas privadas y extranjeras, así como en bonos emitidos por gobiernos extranjeros. Hoy queda totalmente claro en beneficio de quiénes se reformó la Ley de IMSS en 1997.
De acuerdo con información del INEGI, en la presente administración, hasta octubre de 2004, los ingresos aportados por la exportación petrolera y por las remesas enviadas por los trabajadores mexicanos radicados en los Estados Unidos ascendieron a 97 mil 797 millones de dólares, y que en el mismo lapso salieron del país 75 mil 870.5 millones de dólares, por concepto del pago de la importación de artículos de consumo suntuario. Entre los bienes importados aparecen alfombras, relojes suizos, salmón chileno, rubíes de la India, bebidas alcohólicas, perlas, mármoles, carnes y despojos comestibles y otros.
Por información del Banco de México, hoy sabemos que el año
próximo pasado salieron del país más de 8 mil millones de dólares que varios mexicanos invirtieron en bancos del extranjero y como inversión de empresas mexicanas fuera del país; esta cantidad representa casi el 49% de la inversión extranjera directa recibida por México en ese mismo año. Con la cantidad señalada, esos mexicanos acumulan inversiones fuera del país por 116 mil 526 millones de dólares, sin tomar en cuenta el valor de los bienes inmuebles que han adquirido en el extranjero.
DEUDA TOTAL. Hoy la deuda total del país equivale a 410 mil
millones de dólares estadounidenses, la que representa el 64 % del Producto Interno Bruto. Se integra con la deuda externa pública y privada, así como con la deuda interna del gobierno federal, organismos y empresas públicas, banca de desarrollo, Pidiregas, con la banca comercial y empresas y mediante diversos instrumentos financieros más. De 2000 al 2004, el pago de los intereses de la deuda externa, pública y privada, absorbió casi los 48 mil 718 millones de dólares que enviaron al país los mexicanos que han tenido que emigrar a los Estados Unidos a conseguir trabajo para mantener a sus familias.
Hoy la deuda pública total es superior a la de 1995. Solamente los compromisos asumidos por el gobierno mediante el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB); el rescate carretero; la banca, fondos y fideicomisos de desarrollo, a los que se incorporaron los Proyectos de Infraestructura Productiva de Impacto Diferido en el Registro del Gasto (Pidiregas), totalizaron un billón 110 mil 500 millones de pesos. Según destacados investigadores de instituciones como el CIDE, la deuda correspondiente al FOBAPROA-‐IPAB, que asciende a 733 mil millones de pesos, se podría pagar en 70 años, siempre y cuando el PIB crezca a un ritmo de 3 por ciento durante todo ese tiempo.
EMPLEO Y SALARIOS. Hoy tenemos que el déficit de empleos
producido durante los últimos cuatro años es de por lo menos 2 millones 750 mil plazas. En este período, según datos del INEGI, el 41% de esas personas desempleadas cuenta con estudios universitarios o bachillerato al menos, cifra que representa un incremento del 56% respecto a la registrada en diciembre de 2000.
Hoy, de los casi 12 millones de trabajadores con empleo formal
registrados ante el IMSS, sólo el 21.1% percibe un salario que le permite adquirir los productos y servicios mínimos para una familia integrada por 5 personas, con la aclaración de que esos productos y servicios que integran la Canasta Obrera Indispensable, no incluyen la renta de vivienda, ni el vestido,
ni el calzado , ni el esparcimiento y la cultura. Hoy se necesita el equivalente a siete salarios mínimos para poder adquirir la COI. De acuerdo con el último reporte del INEGI, dado a conocer en marzo, en los últimos dos años el número de personas que ganan menos de un salario mínimo y trabajan más de 48 horas a la semana se elevó un 22%, para llegar a 5 millones 851 mil mexicanos, y casi 19 millones de personas laboran en micronegocios que ocupan entre 1 y 5 trabajadores.
Hoy, del total de los trabajadores mexicanos (aproximadamente
42 millones 400 mil personas), más del 70 por ciento, carecen de seguridad social, y el 63 por ciento, también del total, carece de prestación legal alguna.
El INEGI indica que ese altísimo porcentaje de la población laboral total no recibe siquiera reparto de utilidades, aguinaldo ni vacaciones.
Hasta septiembre de 2004, mediante las Administradoras de
Fondos para el Retiro (AFORE), se canalizaron 74 mil 545.2 millones de pesos de los recursos de los trabajadores depositados en el sistema de pensiones privado, que nació en 1997 con las reformas al IMSS, para financiar actividades empresariales.
Por otra parte y no obstante la precariedad salarial impuesta a los trabajadores mexicanos, éstos aportan actualmente a la hacienda pública más del 55% del total recaudado por concepto del Impuesto Sobre la Renta, en cambio los empresarios sólo aportan el 36 por ciento.
Recientemente, la Comisión de la ONU para los Derechos
Humanos ha señalado que en México no hay libertad sindical y se violan los derechos más elementales de los trabajadores, como el de huelga, justicia laboral, estabilidad en el empleo, salario suficiente y el referente a condiciones de trabajo satisfactorias.
EL CAMPO. En el período comprendido de 1994 a 2004, el maíz
perdió un 64% de su valor comercial. Nada más de 2002 a 2004 se dejaron de sembrar casi medio millón de hectáreas y 400 mil campesinos abandonaron el cultivo de ese grano histórico y básico. De acuerdo con investigaciones de académicos, expertos en la materia y dirigentes agrícolas, la crisis del campo se agravó con la apertura comercial indiscriminada, ya que en los primeros 8 años de vigencia del TLC se perdieron 1.78 millones de empleos rurales, y la dependencia alimentaria en granos y oleaginosas llegó al 40% y la pobreza alcanzó al 70% de los campesinos. Lo que significa la pérdida de soberanía alimentaria y una calidad de vida más desesperada para los campesinos.
Según el último reporte del Departamento de Agricultura de
Estados Unidos, respecto a la integración de la agricultura de Norteamérica, a partir de 1994 la exportación de maíz de Estados Unidos a México creció de 0.5 millones de toneladas en 1993 a 7.5 millones de toneladas en 2004, es decir mil 400 por ciento. De acuerdo con datos de la organización internacional Oxfam, el gobierno estadounidense aporta a sus agricultores anualmente unos 10 mil 100 millones de dólares como subsidio. En cambio el gobierno mexicano, dice el Departamento de Agricultura estadounidense, ha liberalizado el mercado más allá de lo requerido por el TLC.
Hoy, según un informe de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), de las más de 840 millones de personas que padecen hambre y malnutrición en el mundo, 40 millones son mexicanos; a pesar de que nuestro país está considerado como la cuarta potencia mundial en recursos naturales, ya que de 1.4 millones de especies que han sido descritas en el mundo, en México el número de especies conocidas es de 64 mil 878.
EDUCACION. De acuerdo con el informe del Instituto Nacional
para la Evaluación de la Educación (INEE), el 62.8 % de los niños de primaria tiene un desempeño malo e ineficiente para leer textos básicos; en matemáticas el nivel de insuficiencia alcanza el 86.8 % de los escolares.
Según información de la Sociedad Mexicana de Déficit de Atención e Hiperactividad, de los 15 millones de niños inscritos en primaria, anualmente desertan 250 mil y reprueban 900 mil. En secundaria, de una matrícula de 5 millones y medio de alumnos, deserta casi medio millón y reprueba más de un millón de adolescentes. La CEPAL informó que la tasa global de deserción escolar en México (primaria y secundaria) es de 35 y 65 por ciento en zonas urbanas y rurales respectivamente.
En México, solamente el 58 % de los jóvenes de 15 años van a la escuela. Además, de acuerdo al resultado de la prueba escolar realizada en 2003 por la OCDE, nuestro país y Turquía son los países con el menor número de jóvenes matriculados; también, que del examen de conocimientos aplicado, nuestro país quedó en el último lugar entre los integrantes de la OCDE, y que en habilidades y conocimientos de lectura, matemáticas y ciencias, el rendimiento de nuestros escolares fue inferior al alcanzado en elaño 2000. El mismo organismo internacional advirtió que México es el país integrante de ese grupo que menos invierte en ciencia y tecnología. En 1995 el gasto público en educación representó el 3.79% del PIB, en 2004 fue de 4.01%, en casi diez años el gobierno sólo pudo incrementar un 0.22 por ciento; en cambio al “rescate” bancario le pudo aportar el equivalente al 20% del producto interno bruto.
Hoy, de acuerdo con los estudios realizados en el Instituto de
Investigaciones Económicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, tan sólo en lo que va del presente sexenio, la incapacidad de crear empleos productivos ha dejado sin trabajo a unos 3 millones de jóvenes, muchos de ellos egresados de universidades e instituciones de educación superior.
LA POBREZA Y SUS CONSECUENCIAS. Hoy, según información del Banco Mundial, el 35 por ciento de la población rural, es decir unos 7.3 millones de personas, no tienen acceso ni siquiera a la canasta básica de alimentos, y el 55% del ingreso total de los hogares del campo proviene de actividades no agrícolas. El mismo banco reporta que de 1989 a 2004, en lugar de disminuir, la indigencia en el medio rural aumentó de 28 a 28.5 por ciento de la población total.
La Secretaría de Desarrollo Social ha informado al Consejo
Económico y Social de la Organización de Naciones Unidas que hoy se mantienen en pobreza alimentaria 20 millones de mexicanos, y que 4 millones no tiene ni 10 pesos diarios para comer; que la mortalidad infantil es aún más alta, así como la deserción en el nivel de educación secundaria. Por su parte el INEGI indicó que actualmente, en el 45. 8 por ciento de las viviendas del país hay hacinamiento y que el 25% de los hogares carecen de drenaje; condiciones que influyen directamente en la desintegración familiar.
En tanto que la Comisión Nacional del Agua, ha declarado su incapacidad económica para proporcionar agua potable y alcantarillado a 20 millones de mexicanos que hoy carecen de tan elemental servicio.
Hoy, la extrema pobreza impide erradicar enfermedades como la
tuberculosis que, solamente en 2004, afectó a 13 mil 526 personas, según el registro del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias. Este instituto reportó que el 40 % de la población de recién nacidos y hasta 5 años de edad padecen algún grado de desnutrición. Hasta el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), ha señalado como un contrasentido que, en nuestro país, con gran cantidad de recursos y riqueza “… más de 60 por ciento de los menores de 18 años viva en la pobreza”. Hoy sabemos también que en los últimos 10 años, se han incrementado en un 60% los suicidios entre los jóvenes de 15 a 19 años de edad, según han reportado tanto el INEGI, como la Secretaría de Salud y diversos organismos no gubernamentales.
Otra manifestación de la creciente pobreza inflingida a más de la
mitad de la población nacional es que hoy 3millones 300 mil niños, entre 6 y 14 años de edad, tiene necesidad de trabajar para ayudar en el gasto familiar.
En el caso de la población indígena, 9 de cada 10 niños y niñas, no reciben remuneración alguna por su trabajo, según datos proporcionados por el INEGI.
Con los actos aquí mencionados, los ciudadanos Miguel de la
Madrid Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zadillo Ponce de León, contravinieron flagrantemente lo dispuesto en el artículo 3o. constitucional que, en el inciso a) de su fracción II, al precisar el contenido y la esencia que la democracia debe tener en nuestro país, se refiere a ella “… no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.
Con sus actos, los hoy acusados también contravinieron lo
expresamente dispuesto en el artículo 27 constitucional, que en su párrafo tercero establece que “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana …”.
De igual manera contravinieron el artículo 31 constitucional que
dispone “Son obligaciones de los mexicanos: IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.”
También contravinieron flagrantemente el espíritu y la letra del
artículo 39 constitucional que establece “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
Con sus actos, igualmente violaron lo expresamente dispuesto en
el artículo 73 de nuestra Carta Magna que, respecto a la contratación de empréstitos y el pago de éstos, establece “El Congreso tiene facultad: … VIII.
Para dar bases sobre las cuales el Ejecutivo pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la Nación, para aprobar esos mismos empréstitos y para reconocer y mandar pagar la deuda nacional. Ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por el Presidente de la República en los términos del artículo 29. …”.
Con los actos que realizaron, en su carácter de Jefes del Poder
Ejecutivo Federal, los hoy acusados contravinieron lo que, respecto al empleo y el ingreso mínimo que deben percibir los trabajadores para vivir decorosa y dignamente, establece el artículo 123 de nuestra ley fundamental, que dispone “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley. … A. VI. … Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos. …”
Con la conducta que asumieron los hoy acusados, también
contravinieron lo que establece el artículo 135 constitucional, que
textualmente dispone “La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. … El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas”.
Es el caso que las modificaciones que los hoy acusados lograron
hacer a los artículos 3o, 25, 27 y 28 constitucionales no constituyen adiciones ni reformas, sino cambios de fondo al sentido y la esencia de esos artículos, es decir efectuaron cambios al espíritu de la norma, para lo que, tanto el Ejecutivo como el Legislativo de la Federación, carecen de facultades constitucionales.
En efecto, el Congreso Constituyente es de naturaleza
supraestatal, por ser un poder fundacional, que recibió directamente de los ciudadanos mexicanos el mandato de constituir un nuevo Estado Nacional, a través de una nueva Ley fundamental en la que estableció, por una parte los derechos y deberes de los ciudadanos, y de todos los mexicanos, y por la otra las atribuciones y facultades de cada órgano estatal, principalmente las de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Unión Federal. Ese poder constituyente estableció como facultad del poder Legislativo de la Federación, respecto de la misma ley suprema, solamente la de adicionar o reformar su contenido, no la de cambiar su esencia, sentido o espíritu, ya que el Legislativo, como todos los órganos del Estado, solamente está facultado para hacer lo que la ley expresamente le permite, y entre lo que le confiere la propia ley suprema no está el de modificar los fines teleológicos de nuestra Carta Magna, atento a los límites inmanentes que tiene frente a sí el también llamado poder revisor.
Cabe recordar que los principios contenidos en la Constitución
son inalterables, solamente sujetos a reformas, es decir a modificaciones de forma; por ello, previendo situaciones de adversidad extrema, el artículo 136 de la misma Carta Magna establece que “Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad se establecerá su observancia, y, con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta.”
Resulta evidente que al haber actuado como lo hicieron los
ciudadanos Miguel de la Madrid Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León no solamente dejaron de cumplir sino que contravinieron lo expresamente establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, causando con ello un enorme daño económico y patrimonial a la Nación y de manera directa e inmediata a la inmensa mayoría de las los mexicanos, precisamente al pueblo al que estaban obligados a favorecer con su desempeño como Presidentes de la República.
Los hoy acusados, en lugar de cumplir y hacer cumplir las normas
jurídicas fundamentales del país, subvirtieron el orden constitucional para imponer a la propiedad pública las modalidades que les dictó el interés privado, principalmente extranjero; para regular el aprovechamiento privado de los bienes susceptibles de apropiación; para lograr una gran concentración de la riqueza nacional e impedir el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana.
Lo que sí cumplieron al pie de la letra fueron los dictados del
Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. Dedicaron toda su capacidad y energía para servir a los intereses de los grupos extranjeros dueños de los bancos a los que nuestro país ha pagado ya varias veces el monto total de los empréstitos recibidos y aún les debe más de ochenta mil millones de dólares estadounidenses. También sirvieron con gran esmero a los grupos de accionistas extranjeros dueños de las empresas transnacionales a las que vendieron las empresas y organismos públicos descentralizados, así como a los empresarios cuyos bancos fueron rescatados con recursos de la nación, para ser posteriormente entregados a los banqueros extranjeros. De igual manera se esmeraron en favorecer a los intereses de un reducido número de empresarios mexicanos, entre ellos algunos que hoy ocupan un destacado lugar entre los más ricos del mundo.
Como recompensa por su inconstitucional y antipatriótico
desempeño, los grupos de accionistas extranjeros han correspondido a los hoy acusados y a varios de sus entonces más cercanos colaboradores, nombrándolos directivos, asesores, consejeros y hasta socios o accionistas en varias empresas trasnacionales. El C. Miguel de la Madrid Hurtado fue nombrado Presidente del Fondo de Equidad Social del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y a partir de 2004, colabora con una empresa en los Estados Unidos; el C. Carlos Salinas de Gortari fue candidato a presidir la Organización Mundial del Comercio e incorporado como asesor o consejero a la influyente corporación financiera denominada Dow Jones, antes de cumplir siquiera un año de haber concluido su respectivo período presidencial; el C. Ernesto Zadillo Ponce de León es consejero, asesor o socio de empresas trasnacionales como Union Pacific, Alcoa, Procter & Gamble, Daimler-‐Chrysler y Coca-‐Cola, y reciente candidato a presidir el Banco Mundial.
EVALUACION JURIDICO-‐PENAL
De la evaluación jurídico-‐penal de los hechos narrados en el
capítulo que antecede se llega a las siguientes conclusiones:
a) Los acusados llevaron a cabo actos que han socavado la
independencia, la soberanía y la integridad económica de la nación; con la finalidad de someterla a los designios e intereses de personas y grupos extranjeros que detentan un gran poder económico y financiero en el mundo; disponiendo de los recursos naturales, industriales, económicos, financieros y humanos de la nación para incrementar las ganancias de aquellos, aunque con ello inflingieran a la mayoría de los mexicanos condiciones de vida cada vez más precarias y, a más de la mitad de la población, condiciones de pobreza y pobreza extrema. Cancelando así las
posibilidades de desarrollo y progreso a los niños y jóvenes de nuestra patria, a quienes solamente les pretenden heredar una deuda externa impagable y que trabajen en adelante solamente para satisfacer el insaciable apetito de enriquecimiento de las grandes corporaciones económicas transnacionales, como súbditos de ese nuevo y arrogante poder económico mundial, con la
consecuente pérdida de viabilidad para la nación mexicana.
Esto es, los ex Presidentes denunciados planearon, organizaron,
coordinaron e implementaron diversas reformas jurídicas así como múltiples acciones de gobierno, cuyo objetivo directo e inmediato fue la alteración del Proyecto Nacional consagrado en la Carta de Querétaro. Así, mediante el despliegue de las maniobras activas, pasivas y comisivas descritas en el apartado de hechos, los inculpados interrumpieron la vigencia de los mandatos y las decisiones políticas fundamentales plasmadas por el histórico Congreso Constituyente de 1917.
b) Con la conducta que observaron los indiciados, al
desempeñarse como Jefes del Poder Ejecutivo Federal, igualmente contravinieron, en perjuicio de la mayoría de los mexicanos, las garantías individuales y sociales y los derechos humanos consagrados en diversos tratados, pactos, declaraciones, resoluciones y proclamaciones que forman parte del derecho internacional y nacional de la materia. Impidiendo con ello el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de los mexicanos, como vía esencial para el aseguramiento del disfrute real y significativo de los derechos civiles y políticos y de las libertades fundamentales, a saber: el derecho humano a la vida, el derecho humano a la dignidad, el derecho humano a la salud, el derecho humano a la alimentación adecuada, el derecho humano al trabajo y al salario suficiente, el derecho humano a la vivienda digna, el derecho al medio ambiente sano, y el derecho humano al desarrollo sustentable, entre otros.
En tal sentido, los mencionados ex presidentes violaron los
artículos 23, 25, 26 y 28 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 1, 6, 9, 11, 12, 13 y 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; numerales 1, 2, 5 y 6 de la Resolución 1803 de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, denominada “Soberanía Permanente sobre los Recursos Naturales”; los puntos 3, 5 y 13 de la Proclamación de Teherán, y los numerales 5, 10, 12, 14 y 25 de la Declaración y Programa de Acción de Viena.
c) Las transgresiones de referencia son tipificatorias de los
presuntos ilícitos penales que a continuación se enuncian:
- Traición a la Patria, delito que se encuentra previsto y
sancionado en el artículo 123, fracción I, del Código Penal Federal, cuya posible actualización se les está reprochando en virtud de que realizaron actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación Mexicana con la finalidad de someterla a personas, grupos o gobiernos extranjeros. - Genocidio, crimen de lesa humanidad que se encuentra previsto y sancionado en el artículo 149 bis del Código Penal Federal, derivado de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, vigente en México a partir del año de 1952, cuya posible actualización se les está reprochando en virtud de que sometieron intencionalmente a los miembros de la Nación Mexicana, en particular a los grupos sociales menos favorecidos, a condiciones de existencia de alta precariedad, tendientes a su destrucción física, total o parcial.
- Ataque a los derechos y garantías constitucionales, delito que se encuentra previsto y sancionado en el artículo 364 del Código Penal Federal, cuya posible actualización se les está reprochando en virtud de que violaron en perjuicio de los mexicanos los derechos humanos en cita y las garantías sociales establecidas en los artículos 27, 28 y 123 del Texto Constitucional.
d) Es evidente que los imputados abusaron del poder político
y propiciaron la subversión del orden jurídico-‐constitucional, razón por la cual, amparados en los derechos humanos fundamentales a la verdad, la justicia y la tutela judicial efectiva, estamos haciendo valer la presente denuncia de hechos a efecto de que rindan cuenta y razón pormenorizada de sus actos ante la Justicia Penal Federal.
PETITORIOS
Por lo expuesto;
A Usted C. Procurador General de la República, atentamente pedimos:
I.-‐ Nos tenga presentados en términos de este escrito,
acusando formalmente a los CC. Miguel de la Madrid Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo Ponce de León y/o quien o quienes resulten responsables de los ilícitos penales mencionados.
II.-‐ Admita esta acusación y la turne al fiscal o Agente del
Ministerio Público que corresponda, para que lleve a cabo las actuaciones y diligencias necesarias tendientes a integrar debidamente la Averiguación Previa respectiva.
III.-‐ En su oportunidad y una vez que quede completamente
integrada la averiguación previa, ejerza la acción penal y consigne a los acusados ante el C. Juez competente para que, previa substanciación del juicio respectivo, los condene a cumplir la pena que legalmente les corresponda.
México, D. F. a 21 de abril de 2005.